Antecedentes Históricos
Con la expedición de la Ley
100 de 1993 fue creado el "Sistema General de Seguridad Social en
Salud" que cambió y reorganizó la prestación de los servicios de salud e
integró la salud pública, el sistema de seguridad social y la provisión de
servicios privados.
Entre las trascendentales
decisiones consignadas en esta norma, su artículo 245 ordenó la creación del
Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA. En
ejecución de este mandato fue expedido el Decreto 1290 de 1994, por medio del
cual se precisaron las funciones del INVIMA y se estableció su organización
básica. Se definió entonces como naturaleza del INVIMA ser un establecimiento
público del orden nacional, de carácter científico y tecnológico, con
personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente,
perteneciente al Sistema de Salud y con sujeción a las disposiciones generales
que regulan su funcionamiento.
Ese mismo año, la Junta
Directiva del INVIMA adoptó a través del Acuerdo 02 la estructura interna de la
Entidad, conformada por la Junta Directiva, la Dirección General y las oficinas
de Control Interno, de Planeación e Informática y Jurídica, las Subdirecciones
Administrativa, de Licencias y Registros, de Medicamentos, de Alimentos y de
Insumos, con sus respectivas divisiones y laboratorios. El Acuerdo estableció
como Organismos de Asesoría y Coordinación del INVIMA a la Comisión Revisora,
al Comité de Dirección, al Comité de Coordinación del Sistema de Control
Interno y a la Comisión de Personal. Para cada dependencia fueron definidas las
funciones y la planta de personal, de conformidad con la legislación vigente.
Mejoramiento de la autoridad sanitaria
Con el paso de los años fue
evidente la necesidad de fortalecer al INVIMA y en el 2004 se expidió el
Decreto 211 que reestructuró la Entidad, y el Decreto 212 que adoptó una nueva
planta de personal.
Coincidió este proceso de
reestructuración con el inicio, por parte del Gobierno Nacional, de la
construcción de una Agenda Interna para la Productividad y Competitividad, con
el fin de establecer las bases del desarrollo productivo del País hacia el
futuro. En este marco, y teniendo en cuenta las facultades otorgadas al INVIMA
por la Ley 1122 de 2007, relacionadas con la competencia exclusiva de la
inspección, vigilancia y control de la producción y procesamiento de alimentos,
de las plantas de beneficio de animales, de los centros de acopio de leche y de
las plantas de procesamiento de leche y sus derivados, así como del transporte
asociado a estas actividades, el INVIMA puso al servicio del País, desde agosto
de 2007, ocho oficinas de los Grupos de Trabajo Territorial en las ciudades de
Barranquilla, Montería, Bucaramanga, Neiva, Medellín, Cali, Villavicencio y
Bogotá, y desde 2010 una más para el Eje Cafetero con sede en Armenia.
Gracias al compromiso
institucional, el INVIMA recibió en 2009 el reconocimiento de la Organización
Panamericana de la Salud -OPS, como Autoridad Nacional Reguladora de
Medicamentos en América Latina, y en 2010 certificación Icontec bajo la norma
NTC GP 1000:2009 e ISO 9001:2008.
Hoy el INVIMA realiza
importantes esfuerzos por fortalecer su presencia en todo el territorio nacional,
modernizar su estructura organizacional, ampliar su infraestructura y ser
reconocido a nivel internacional como referente técnico y científico en los
asuntos de su competencia.
EN EL 2012 EL INVIMA SE FORTALECE COMO LA
AGENCIA SANITARIA DEL PAÍS
En el marco de la reforma
institucional y la reestructuración del Estado definida por el Gobierno del
Presidente Juan Manuel Santos, el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos
y Medicamentos – INVIMA se fortalece para asumir grandes retos en materia de salud
pública y de competitividad.
El Instituto soportará su
nueva estructura mediante la implementación de modelos de gestión del riesgo y
la puesta en marcha de sistemas de información y comunicación que le permitan
cumplir con los requerimientos del mercado local e internacional en materia de
vigilancia sanitaria para alimentos, medicamentos, cosméticos, insumos para la
salud y productos varios, garantizando las condiciones necesarias para proteger
la salud individual y colectiva.
El compromiso del INVIMA se
centra en consolidarse como la agencia de vigilancia sanitaria que Colombia
necesita por medio de aspectos tales como:
-Fortalecimiento del modelo
de Inspección, Vigilancia y Control sanitario basado en la gestión del riesgo
en concordancia a las mejores prácticas internacionales adoptadas por agencias
sanitarias homólogas de referencia.
-Mejoramiento de las
capacidades institucionales para la aplicación de medidas sanitarias por medio
de la apertura de los procesos jurídicos y de responsabilidad sanitaria.
-Acciones regidas por la
transparencia, oportunidad, eficiencia, idoneidad técnica y científica.
-Promoción de la vigilancia
activa y el acceso a la información preventiva para el ciudadano con el fin de
apoyar la vigilancia post-comercialización de los productos de competencia del
INVIMA.
Conformación de la Unidad
de Reacción inmediata para apoyar la lucha contra la ilegalidad.
-Mejoramiento de la gestión
territorial del Instituto por medio de una acción integral en las regiones y de
la puesta en marcha de procesos de articulación con otras autoridades las ETS,
el ICA, la DIAN, la Policía, las Corporaciones autónomas regionales, y con los
Gobiernos departamentales y municipales.
-Fortalecimiento a la
sanidad portuaria mediante la operación en Puertos, Aeropuertos y Pasos
Fronterizos para todos los productos de competencia del Instituto.
-Fortalecimiento de los
Laboratorios de Referencia del INVIMA de acuerdo a los estándares
internacionales en materia de calidad y seguridad de medicamentos, dispositivos
médicos e inocuidad de alimentos.
-Respuesta estratégica,
técnica y operativa a los desafíos en Competitividad, Acceso a mercados y
Cooperación Técnica en el ámbito nacional e internacional.
Misión:
Proteger y promover la
salud de la población, mediante la gestión del riesgo asociada al consumo y uso
de alimentos, medicamentos, dispositivos
médicos y otros productos objeto de vigilancia sanitaria.
Visión:
En el 2014 el INVIMA será una institución líder en el Sistema
Nacional de Vigilancia Sanitaria,
reconocida nacional e internacionalmente por su transparencia,
efectividad operacional e idoneidad técnica, generadora permanente de seguridad
y confianza en la población
Objetivos
Generales
En cumplimiento de sus objetivos el INVIMA realizará las siguientes
funciones:
1. Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control a los
establecimientos productores y comercializadores de los productos a que hace
referencia el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y en las demás normas que lo
modifiquen o adicionen, sin perjuicio de las que en estas materias deban
adelantar las entidades territoriales, durante las actividades asociadas con su
producción, importación, exportación y disposición para consumo.
2. Certificar en buenas prácticas y condiciones sanitarias a los
establecimientos productores de los productos mencionados en el artículo 245 de
la Ley 100 de 1993 y expedir los registros sanitarios, así como la renovación,
ampliación, modificación y cancelación de los mismos, de conformidad con la
reglamentación que expida el Gobierno Nacional.
3. Identificar y evaluar las infracciones a las normas sanitarias y a
los procedimientos establecidos, adelantar las investigaciones a que haya lugar
y aplicar las medidas sanitarias y las sanciones que sean de su competencia, de
conformidad con la Ley 9 de 1979 y demás normas reglamentarias.
4. Remitir a las autoridades competentes la información de las posibles
infracciones a las normas sanitarias de las que tenga conocimiento y que no
sean de su competencia.
5. Establecer las directrices técnicas y los procedimientos de
operación a ejecutarse por parte de los entes territoriales, en los asuntos
competencia del INVIMA.
6. Liderar, en coordinación con entidades especializadas en la materia,
la elaboración de normas técnicas de calidad en los temas de competencia de la
entidad.
7. Brindar asistencia técnica y asesorar a las entidades territoriales
en la correcta aplicación de normas y procedimientos previstos en materia de
vigilancia sanitaria y control de calidad en los temas de su competencia.
8. Actuar como laboratorio nacional de referencia en relación a los
productos de su competencia y ejercer la coordinación de la Red de Laboratorios
a su cargo.
9. Generar y suministrar la información requerida para alimentar los
diferentes Sistemas Administrativos a los cuales pertenece el INVIMA en el
marco de su competencia.
10. Dirigir y hacer cumplir en todo el país las funciones de control de
calidad y vigilancia sanitaria de los productos de su competencia.
11. Proponer medidas de carácter general para la aplicación de las
buenas prácticas o mejores estándares técnicos para la producción, transporte,
almacenamiento y las demás actividades dirigidas al consumo de los productos
objeto de vigilancia de la entidad.
12. Realizar el control sanitario sobre la publicidad de los productos
establecidos en el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y las normas que lo
modifiquen o adicionen de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9 de 1979 y
sus decretos reglamentarios y en las demás normas que se expidan para el
efecto.
13. Proponer y colaborar con las entidades competentes, en la
investigación básica e investigación aplicada y epidemiológica de las áreas de
su competencia.
14. Realizar actividades de información y coordinación con los
productores y comercializadores, sobre el cuidado en el manejo y uso de los
productos cuya vigilancia le otorga la ley al Instituto.
15. Adelantar campañas de educación sanitaria con los consumidores,
sobre cuidados en el manejo y uso de los productos cuya vigilancia le otorga la
ley al Instituto.
16. Armonizar y establecer equivalencias, con los países con los cuales
Colombia tenga relaciones comerciales, en materia de normas referidas a la
vigilancia sanitaria y control de calidad de los productos establecidos en el
artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes, en el
marco de sus competencias.
17. Desarrollar el sistema de autorización y verificación internacional
para productos objeto de vigilancia, de acuerdo con la normatividad vigente.
18. Evaluar y adoptar, en el marco de sus competencias, las medidas que
sean necesarias para facilitar los procesos de admisibilidad sanitaria que
inicie el país en los mercados internacionales y coordinar con el Instituto
Colombiano Agropecuario - ICA y las demás entidades públicas, las acciones a
adelantar.
19. Otorgar visto bueno sanitario a la importación y exportación de los
productos de su competencia, previo el cumplimiento de los requisitos
establecidos en las normas vigentes.
20. Las demás funciones asignadas o delegadas que correspondan a la
naturaleza de la entidad.
Objetivos Estratégicos
1. Consolidar al INVIMA
como un líder y articulador de la vigilancia sanitaria bajo un enfoque de
gestión de riesgo.
2. Mejorar la confianza
del ciudadano y la legitimidad de la gestión institucional.
3. Dinamizar y
fortalecer los procesos de apoyo a la competitividad, mejoramiento del estatus
sanitario del país y su reconocimiento
como agencia sanitaria en el contexto internacional.
Organigrama del INVIMA
Mapa de Procesos |